Micelio

Artículo 21

Los Expedientes Que Actualmente Cursan En El Ministerio De Educación Nacional En Apelación O Consulta De Licencias Para Ejercer La Medicina Y Sus Auxiliares, Serán Devueltos A Las Entidades Remitentes A Fin De Que Los Interesados Ajusten Sus Solicitudes A Lo Prescrito En El Presente Decreto

Decreto 1099 de 1930 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los expedientes que actualmente cursan en el Ministerio de Educación Nacional en apelación o consulta de licencias para ejercer la medicina y sus auxiliares, serán devueltos a las entidades remitentes a fin de que los interesados ajusten sus solicitudes a lo prescrito en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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