Conservación de soportes contables Las Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial - SAPAC deberán conservar, como parte de su gestión contable, todos los documentos que respalden sus operaciones económicas, garantizando su disponibilidad, legibilidad e integridad durante el periodo legalmente exigido. Entre estos documentos se incluyen: Contrato de adhesión celebrado entre la SAPAC y el futuro suscriptor. Registro de llamada confirmando la información transmitida verbalmente acerca de las condiciones del contrato. Documentación relacionada con la operación al momento de la suscripción y al momento de la adjudicación con las nuevas condiciones y estudio de crédito para la obligación. Registros electrónicos o físicos derivados de la transacción. Archivos digitales que respalden la generación, aceptación y ejecución de contratos, pagos y actividades operativas. La sociedad debe asegurar que toda esta documentación cumpla con los principios de autenticidad, integridad, conservación y verificabilidad, en especial cuando los soportes sean generados o almacenados mediante medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del anexo 6 del 9890-1GdG-48P0-b9b8-481$-b9b8 Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 Decreto 2420 de 2015 Esta documentación debe estar disponible ante requerimientos de la Superintendencia de Sociedades u otras autoridades competentes. Circular externa
Artículo 5.2.3.6
Circular 100-000019 de 2026 · Circular Externa 100-000019 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.