Micelio

Artículo 1

° Las Solicitudes De Permiso Que Se Eleven Al Ministerio De Agricultura Y Comercio, De Conformidad Con El Artículo 11 Del Decreto Número 394 De 1937, Deberán Acompañarse De Los Siguientes Documentos: A) Copia Del Contrato Vigente En El Caso De Que Se Trate De Una Prórroga

Decreto 1433 de 1937 · Por el cual se adiciona el artículo 11 del Decreto número 394 de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las solicitudes de permiso que se eleven al Ministerio de Agricultura y Comercio, de conformidad con el artículo 11 del Decreto número 394 de 1937, deberán acompañarse de los siguientes documentos

a)

Copia del contrato vigente en el caso de que se trate de una prórroga.

b)

Copia del último contrato celebrado sobre los mismos productos de exportación;

c)

Proyecto o minuta del contrato que se vaya a celebrar;

d)

Ubicación y área de la finca o fincas sobre que verse el contrato, con expresión de la producción de cada una de ellas en el año inmediatamente anterior y de la producción probable en los años de vigencia del nuevo contrato.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1433 de 1937