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Artículo 1186

Del Presupuesto Nacional Vigente Y Cuya Distribución Se Hará Así: Sueldos En 12 Meses, Enero A Diciembre: Mensual Total Director $ 300

Decreto 842 de 1953 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Normales Agrícolas, Escuelas Normales Rurales, Escuelas complementarias (Vocacionales) Agrícolas y Cursos para Campesinos Adultos del pais

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo noveno. Para sueldos del personal, alimentación, y gastos varios de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Sasaima (Cundinamarca), Se distribuye la partida de cincuenta y dos mil pesos ($ 52.000.00), apropiada en el Capítulo 94, artículo 1186 del Presupuesto Nacional vigente y cuya distribución se hará así: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Director $ 300.00 3.600.00 Profesor de los Cursos Campesinos 290.00 3.480.00 Profesor-Habilitado 260.00 3.120.00 Experto-Agrícola 280.00 3.380.00 Mayordomo-Herramientero 120.00 1.440.00 Servicio doméstico 70.00 840.00 Sumas $ 1.320.00 15.840.00 Alimentación en 10 meses, fe-obrero., a noviembre: De 3.empleados internos (Director y 2 Profesores), a razón de $ 40.00 mensuales cada uno 120.00 1.200.00 Del Mayordomo-Herramientero y del servicio doméstico 60.00 600.00 De 40 alumnos becados interinos, a razón de $ 40.00 mensuales cada uno 1.600.00 16.000.00 Alimentación en 2 meses, enero y diciembre: De un Profesor, el Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 75.00 150.00 Sumas $ 1.855.00 33.780.00 Gastos varios, febrero a noviembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, excursiones, deportes y material de enseñanza 100.00 1.000.00 Para construcciones, reparaciones locativas, compra de maquinaria y herramienta agrícola, animales de servicio, cría y explotación, jornales, abonos, insecticidas, Cursos Campesinos y demás gastos 1.721.00 17.210.00 Totales $ 1.821.00 52.000.00

Parágrafo

Las partidas a que se refiere el presente Decreto, serán giradas al Profesor-Habilitado de la Escuela.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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