Micelio

Artículo 16

Ley 78 de 1989 · por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, una capitalización y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las operaciones de crédito público que garantice la Nación con cargo a las autorizaciones concedidas por la presente Ley, en sus artículos 1° y 10, requerirán además de lo establecido por el Decreto extraordinario 222 de 1983 y las normas que lo modifiquen o adicionen, el concepto previo de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, el cual deberá rendirse dentro de los treinta días calendario siguientes a la fecha para la cual haya sido citada por escrito para tal efecto por el Director General de Crédito Público, y con anterioridad al concepto del Conpes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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