Los cargos de apoderado, defensor y fiscal, son de forzosa aceptación. Las excusas para servir estos cargos son las mismas de los vocales. Los abogados civiles tienen como causal de excusa las fijadas en el Código de Procedimiento Penal común para los apoderados y defensores.
El apoderado, defensor o fiscal que se niegue a desempeñar el cargo, o no cumpla con los deberes que éste le impone, sin probar alguna de las causales de excusa, será requerido por el funcionario de instrucción o juez, para que lo ejerza, conminándolo con multas sucesivas hasta de $ 500.00 cada una.