Micelio

Artículo 72

Los Cargos De Apoderado, Defensor Y Fiscal, Son De Forzosa Aceptación

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los cargos de apoderado, defensor y fiscal, son de forzosa aceptación. Las excusas para servir estos cargos son las mismas de los vocales. Los abogados civiles tienen como causal de excusa las fijadas en el Código de Procedimiento Penal común para los apoderados y defensores.

Parágrafo

El apoderado, defensor o fiscal que se niegue a desempeñar el cargo, o no cumpla con los deberes que éste le impone, sin probar alguna de las causales de excusa, será requerido por el funcionario de instrucción o juez, para que lo ejerza, conminándolo con multas sucesivas hasta de $ 500.00 cada una.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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