Oficina de control interno. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina de Control Interno, para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, las siguientes
Evaluar el funcionamiento del sistema de control interno de la entidad y proponer recomendaciones para su optimización;
Asesorar e informar al Director General y a los directores de Impuestos y de Aduanas, lo relacionado con el estado y evolución del sistema de Control Interno de la Entidad;
Presentar al Director General los dictámenes, informes y recomendaciones, resultado de las auditorías adelantadas;
Definir y ejecutar el Plan Nacional de Auditoría y coordinar su ejecución con el Plan Nacional de Supervisión y Control de las áreas y direcciones, de conformidad con las evaluaciones desarrolladas y las orientaciones del Comité de Dirección;
Consolidar el Plan Nacional de Supervisión y Control a desarrollar por cada una de las direcciones y áreas; f) controlar, orientar y supervisar los planes y actividades de las Divisiones de Control g) Intervenir por medio del establecimiento y ejercicio de controles posteriores inmediatos, las dependencias o actividades que a juicio del Director General sean consideradas de vital importancia o de alto riesgo; h) Diseñar indicadores de gestión que le permitan a la Oficina de Control Interno en sus labores de auditoría, medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de cada una de las áreas y administraciones de la entidad; i) Diseñar y/o aprobar las metodologías para supervisión y control de Ios diferentes procesos y procedimientos; j) Vigilar el adecuado funcionamiento del Sistema de Quejas, Reclamos y Sugerencias y presentar informes al Director General de la Entidad; k) Fomentar en toda la entidad la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional; I) Definir y ejecutar el Plan de Supervisión y Control del área a nivel nacional; m) Efectuar auditoría a la infraestructura tecnológica y a los sistemas de información y rendir informes periódicos al Director General; n) Participar en el establecimiento de controles y pistas de auditoría en el desarrollo de los sistemas de información; o) Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de sus planes, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia; p) Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y desarrollo adecuado de las actividades del área a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la Oficina de Planeación; q) Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Control Interno en las Direcciones Regionales de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad: r) Las demás que le asigne el Director General.