Micelio

Artículo 25

La Concurrencia De La Mitad De Los Socios Hábiles Constituirá Quorum Para Deliberar Y Adoptar Decisiones Válidas

Decreto 461 de 1969 · Por el cual se aprueba el estatuto que reglamenta las características y funcionamiento de las Cooperativas de la Reforma Agraria

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La concurrencia de la mitad de los socios hábiles constituirá quorum para deliberar y adoptar decisiones válidas. Si dentro de las dos horas siguientes a aquella para la cual se ha convocado no se hubiere integrado el quorum requerido, se levantará acta en que consten tal circunstancia, el número y si es posible los nombres de los asistentes a la asamblea, suscrita por los miembros de la Junta de Vigilancia. Cumplida esa formalidad la asamblea podrá deliberar y adoptar decisiones validas con un número de socios hábiles que no sea inferior al 10% del total.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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