Micelio

Artículo 50

Durante La Vigencia De 2020 Las Entidades Encargadas De Ejecutar La Política De Víctimas De Que Trata La Ley 1448 De 2011, Especificarán En El Sistema Integrado De Información Financiera (Siif) Nación, En El Sistema Unificado De Inversiones Y Finanzas Públicas (Suifp), Y En Los Demás Aplicativos Que Para Este Propósito El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y El Departamento Nacional De Planeación Desarrollen, Los Rubros Que Dentro De Su Presupuesto Tienen Como Destino Beneficiar A La Población Víctima, Así Como Los Derechos A Los Que Contribuye Para Su Goce Efectivo

Decreto 2411 de 2019 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante la vigencia de 2020 las entidades encargadas de ejecutar la política de víctimas de que trata la Ley 1448 de 2011, especificarán en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación, en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas (SUIFP), y en los demás aplicativos que para este propósito el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación desarrollen, los rubros que dentro de su presupuesto tienen como destino beneficiar a la población víctima, así como los derechos a los que contribuye para su goce efectivo. A fin de verificar los avances en la implementación de la Ley 1448 de 2011, remitirán a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas los listados de la población beneficiada de las medidas de atención, asistencia y reparación integral previstas para la población víctima del conflicto armado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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