Micelio

Artículo 111

Las Adquisiciones Que Efectúe La Policía Nacional Para Su Dotación Y Consumo, Estarán Exentas Del Pago De Los Derechos De Aduana, Impuestos A Las Ventas, Timbres E Impuestos Nacionales, Departamentales O Municipales

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Adquisiciones que efectúe la Policía Nacional para su dotación y consumo, estarán exentas del pago de los derechos de Aduana, Impuestos a las Ventas, Timbres e Impuestos Nacionales, Departamentales o Municipales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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