Micelio

Artículo 75

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los negocios en que deben conocer los Tribunales se reparten entre sus miembros por el Presidente, debiendo verificarse el repartimiento por lo menos una vez cada semana.

Para hacer este repartimiento se deben formar grupos compuestos de los expedientes relativos a las diferentes clases de negocios de que tratan los artículos 69, 70 y 72, de acuerdo con el respectivo reglamento, teniendo en cuenta que el repartimiento no tiene otro objeto que la distribución equitativa del trabajo entre los diferentes Magistrados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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