°. Modifíquese la definición de Plan Gradual de Cumplimiento (PGC), contenida en el artículo 3° del Decreto 1500 de 2007, modificado por el artículo 1° del Decreto 2380 de 2009, la cual quedará así: "Plan Gradual de Cumplimiento (PGC). Documento técnico elaborado por los propietarios, tenedores u operadores de plantas de beneficio, desposte y desprese que contiene la autoevaluación sanitaria en relación con los requisitos establecidos en el presente decreto y las acciones con su respectivo cronograma que permitan lograr el cumplimiento de la normatividad sanitaria, durante el período de transición y mientras obtienen la Autorización Sanitaria".
Decreto 2270 de 2012 →Vigente
Artículo 3
Modifíquese La Definición De Plan Gradual De Cumplimiento (Pgc), Contenida En El Artículo 3° Del Decreto 1500 De 2007, Modificado Por El Artículo 1° Del Decreto 2380 De 2009, La Cual Quedará Así: "plan Gradual De Cumplimiento (Pgc)
Decreto 2270 de 2012 · por el cual se modifica el Decreto 1500 de 2007, modificado por los Decretos 2965 de 2008, 2380, 4131, 4974 de 2009, 3961 de 2011, 917 de 2012 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.