Micelio

Artículo 8

Decreto 2128 de 1992 · Por el cual se reestructura el Instituto Colombiano de Cultura, COLCULTURA. Resumen de Notas de Vigencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE CULTURA. Son funciones del Director General:

1.

1. Ejecutar la política y adoptar los planes y programas sea necesarios para la adecuada coordinación del sector cultural.

2.

2. Dictar y ejecutar los actos, realizar las operaciones, ordenar los gastos y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias.

3.

3. Presentar para su trámite el proyecto anual de presupuesto de la entidad.

4.

4. Delegar en sus subalternos las funciones que considere pertinentes conforme a la ley y reglamentos.

5.

5. Crear los Comités asesores que considere necesarios para el desarrollo de las actividades culturales.

6.

6. Las demás que la ley, los reglamentos y acuerdos de Junta le asignen y aquellas que resulten de la representación legal y de la suprema dirección del organismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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