Micelio

Artículo 4

La Orden De La "estrella De La Policía", Tendrá Las Siguientes Características: Una Estrella De La Policía, (Con El Escudo De Colombia Al Centro), De Cinco (5) Puntas, Que Resulte Engendrada Por Pentágono Regular Inscrito En Una Circunferencia De Un Radio, Que Según Su Categoría Se Indica En El Parágrafo Siguiente

Decreto 2358 de 1953 · Por el cual se sustituyen los Decretos números 2780 y 2974 de 1952, relacionados con la Orden de la Estrella de la Policía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Orden de la "Estrella de la Policía", tendrá las siguientes características: Una Estrella de la Policía, (con el Escudo de Colombia al centro), de cinco (5) puntas, que resulte engendrada por pentágono regular inscrito en una circunferencia de un radio, que según su categoría se indica en el

Parágrafo

siguiente. La circunferencia exterior, en la cual quede inscrita la Estrella, estará formada así: su parte inferior por una doble rama divergente, de laurel, cuya extensión será igual a las dos (2) terceras partes de dicha circunferencia y la tercera parte restante, por un doble aro de metal, el cual ostentará el lema: "Vis Juri Deserviat". Los lados de la Estrella serán bocelados en metal que contraste con el de la insignia y dentro de la misma circunferencia, que limita la Estrella, habrá también una Cruz de Malta de campos esmaltados, en color verde. Por el reverso y dentro de la circunferencia circunscrita se grabará el grado de la Orden; el bronce y la argolla estarán de acuerdo con las dimensiones de la insignia, la cual lucirá una cinta de tres centímetros de anchura, de seda moaré, con los colores blanco y verde.

Parágrafo 1

Las insignias, de acuerdo con su categoría, serán de las siguientes dimensiones: La de "Compañero" y "Oficial"tendrán una Estrella de un radio de doce milímetros. La de "Comendador" tendrá una Estrella de un radio de 17 milímetros. La de "Gran Oficial", "Gran Estrella Ordinaria" y Extraordinaria, tendrán una estrella cuyo radio será de 25 milímetros.

Parágrafo 2

Para el grado de "Gran Estrella Cívica Extraordinaria" la insignia será de oro mate. Para el grado de "Gran Estrella Cívica Ordinaria", la insignia será de oro mate en lo que respecta a la "Estrella de la Policía" y de plata, para el resto de la insignia. Para el grado de "Estrella Cívica", en la categoría de "Gran Oficial", será de dorado en lo relacionado con la "Estrella de la Policía" y plata para el resto de ella. Para el grado de "Estrella Cívica", en la categoría de "Comendador", la insignia será de plata antigua. Para el grado de "Estrella Cívica", en la categoría de "Oficial", la insignia será de plata brillante. Para el grado de "Estrella Cívica", en la categoría de "Compañero", la insignia será de bronce.

Parágrafo 3

El distintivo de la condecoración llevará el mismo color blanco y verde. De "Comendador" en adelante, el distintivo llevará la "Estrella de la Policía" en el centro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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