Micelio

Artículo 8

Suprímese Un Escribiente En Cada Uno De Los Juzgados Superiores De Los Distritos Judiciales De Bogotá, Bucaramanga, Cartagena, Pereira, Socorro, Y Uno En El Juzgado Superior De Buga

Decreto 1805 de 1951 · Por el cual se fijan asignaciones de los empleados subalternos de los Juzgados Municipales, se determina el personal subalterno de las Fiscalías de los Juzgados Superiores y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suprímese un Escribiente en cada uno de los Juzgados Superiores de los Distritos Judiciales de Bogotá, Bucaramanga, Cartagena, Pereira, Socorro, y uno en el Juzgado Superior de Buga.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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