Micelio

Artículo 1

Apruébase La Modificación Introducida A Los Estatutos Del Instituto Nacional De Investigaciones Geológico-Mineras, Adoptadas Por La Junta Directiva De Dicha Entidad Mediante Acuerdo Número 023 Del 3 De Mayo De 1985, Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Numero 023 De 1985 (Mayo 3) Por El Cual Se Hace Una Modificación A Los Estatutos Del Ingeominas

Decreto 1655 de 1985 · Por el cual se aprueba una modificación a los estatutos del Ingeominas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1° Apruébase la modificación introducida a los estatutos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, adoptadas por la Junta Directiva de dicha entidad mediante Acuerdo número 023 del 3 de mayo de 1985, cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 023 DE 1985 (mayo 3) por el cual se hace una modificación a los estatutos del Ingeominas. La Junta Directivadel Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Ingeominas cuenta con personal altamente calificado para prestar eficientes servicios a los sectores público y privado, en actividades de investigación Geológico-Minera; Que, en consecuencia, es necesario modificar los estatutos para que la Institución pueda, dentro del marco legal, prestar los servicios a que se refiere el considerando anterior, ACUERDA: Artículo 1°El literal k) del artículo 3°de los estatutos del Ingeominas quedará así: "k. Prestar asistencia técnica y servicios de consultoría interventoría y trabajos de prospección y exploración, a entidades oficiales y privadas, en todo tipo de investigaciones relacionadas con las labores propias del Instituto". Artículo 2°El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación mediante decreto ejecutivo. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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