Por hallarse llenados los requisitos señalados por la Ley 71 de 1946 , auxílianse, con destino exclusivo a construcciones, los siguientes establecimientos de educación: Colegio "San José", del Fresno, con doscientos mil pesos ($ 200.000.00); Colegio Departamental de Bachillerato "Santa Teresa de Jesús", de Ibagué, con doscientos mil pesos ($ 200.000.00); Colegio Municipal de Bachillerato para Señoritas. del Espinal, con trescientos mil pesos ($ 300.000.00); Colegio del Perpetuo Socorro para Señoritas, de Ibagué, con doscientos mil pesos ($ 200.000.00), y Colegio de Nuestra Señora del Rosario, de Cajamarca, con doscientos mil pesos ($ 200.000.00).
Ley 106 de 1961 →Vigente
Artículo 8
Ley 106 de 1961 · por la cual se auxilian unos establecimientos de educación en los Departamentos de Santander y Tolima, y varios templos parroquiales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.