Micelio

Artículo 2

Ley 4 de 1907 · Que reglamenta el servicio de la industria pública de transportes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La inspección técnica se ejerce por uno ó más Ingenieros inspectores, y la administrativa por uno ó más Comisarios inspectores. El Ministerio de Obras Públicas y Fomento fija en cada caso el número de los Inspectores y su sueldo y los nombra y remueve libremente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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