° Los contratistas delegados podrán celebrar subcontratos de mano de obra, pagaderos con fondos reservados a su favor, así: hasta $ 5.000.00, requerirán únicamente la firma del Ingeniero Jefe o contratista, previa aprobación del Comandante de la Brigada de Institutos Militares; de $ 5. 001.00 a $ 10.000.00 deberán ser aprobadas por el Director de Edificios Nacionales y Construcciones Militares; de $ 10.001.00 en adelante, requieren la aprobación del Ministerio de Guerra.
Decreto 1075 de 1955 →Vigente
Artículo 7
Los Contratistas Delegados Podrán Celebrar Subcontratos De Mano De Obra, Pagaderos Con Fondos Reservados A Su Favor, Así: Hasta $ 5
Decreto 1075 de 1955 · Por el cual se reforman y adicionan los Decretos números 3065 de 1954 y 0888 de marzo 24 de 1955, sobre construcción de edificios del Centro de Instrucción Militar de Melgar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.