Micelio

Artículo 18

Comités Técnicos Del Sncti

Decreto 1666 de 2021 · por el cual se modifica el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comités Técnicos del SNCTI. Los Comités Técnicos atenderán temáticas de carácter transversal y no sectorial específica que impacten la ciencia, tecnología e innovación del país. Los Comités Técnicos podrán ser creados, modificados o suprimidos por parte del CONACTI, de conformidad con las necesidades definidas en materia de ciencia, tecnología e innovación. Cada uno de los comités técnicos tendrá una secretaría técnica. la cual será adelantada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Parágrafo 1

Los Comités Técnicos podrán invitar a sus sesiones a los representantes del sector privado, academia y la sociedad civil, para el cumplimiento de sus funciones.

Parágrafo 2

El representante del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o quien haga sus veces, participará como miembro de cada uno de los Comités Técnicos que hace parte del SNCTI, con el fin de hacer seguimiento a sus planes de acción de los Comités Técnicos.

Parágrafo 3

Los Comités Técnicos deberán ajustar sus reglamentos internos de conformidad con las disposiciones generales establecidas en el Reglamento Marco expedido por el CONACTI.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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