Compútase en el Balance del Tesoro como un pasivo corriente hasta el 31 de diciembre 1936, la siguiente partida:
La reserva así computada, permanecerá abierta durante el año de 1986, cargando a sus saldos los giros que se hagan para el pago de las obligaciones correspondientes; si a su terminación quedaren saldo de reservas no girados, se cancelarán de oficio.
Autorizase al Ministerio de Obras Públicas y Transporte para realizar la obra a que se refiere el artículo 6853, proyecto 37, por conducto del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.