Micelio

Artículo 4

Son Funciones Del Secretario General: A) Suplir Las Faltas Accidentales Del Ministro, Cuando Así Lo Disponga El Presidente De La Republica; B) Asesorar Al Ministro En La Adopción De La Política O Planes De Acción Del Ministerio; C) Asistir Al Ministro En Sus Relaciones Con El Congreso Y Mantenerlo Informado De La Situación De Los Proyectos De Ley Que Se Relacionen Con Las Actividades Propias Del Ministerio; D) Atender A Las Relaciones Públicas Del Ministerio, Revisar Las Publicaciones De Carácter General Y Autorizar El Suministro Por La Sección De Publicaciones De La División De Servicios Generales, De Información A La Prensa Sobre Los Negocios De Que Conoce El Ministerio; E) Representar Al Ministerio En Las Actividades Oficiales Que Este Indique Y Atender Al Despacho De Los Negocios Pertinentes; F) Señalar, De Acuerdo Con El Ministro Y Con El Director, Los Documentos Que Deban Publicarse; G) Organizar, En Nombre Del Ministro, Las Reuniones Ordinarias Y Extraordinarias Del Consejo Nacional De Agricultura Y Actuar Como Secretario Del Mismo; H) Atender El Buen Funcionamiento Y Organización Del Despacho Del Ministro; I) Autorizar Con Su Firma Los Actos Que Señalen, De Conformidad Con Los Dispuesto En El Artículo Décimo Del Decreto Número 0550 De 1960

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Son funciones del Secretario General

a)

Suplir las faltas accidentales del Ministro, cuando así lo disponga el Presidente de la Republica;

b)

Asesorar al Ministro en la adopción de la política o planes de acción del Ministerio;

c)

Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso y mantenerlo informado de la situación de los proyectos de ley que se relacionen con las actividades propias del Ministerio;

d)

Atender a las relaciones públicas del Ministerio, revisar las publicaciones de carácter general y autorizar el suministro por la Sección de Publicaciones de la División de Servicios Generales, de información a la prensa sobre los negocios de que conoce el Ministerio;

e)

Representar al Ministerio en las actividades oficiales que este indique y atender al despacho de los negocios pertinentes;

f)

Señalar, de acuerdo con el Ministro y con el Director, los documentos que deban publicarse;

g)

Organizar, en nombre del Ministro, las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Nacional de Agricultura y actuar como Secretario del mismo;

h)

Atender el buen funcionamiento y organización del Despacho del Ministro;

i)

Autorizar con su firma los actos que señalen, de conformidad con los dispuesto en el artículo décimo del Decreto número 0550 de 1960. IV-DEL DIRECTOR

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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