Obligatoriedad de acceso a la información. Las entidades públicas indicadas en el artículo anterior, así como los entes públicos o privados que administren fondos o recursos públicos, están obligados a permitir el acceso a la información pública requerida por el portal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239 de la Ley 1753 de 2015.
El acceso a esta información se pondrá a disposición de la ciudadanía por fases, las cuales corresponden a:
Presupuesto General de la Nación;
Sistema General de Regalías;
Recursos públicos administrados por particulares.
TEXTO CORRESPONDIENTE A