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Artículo 38

Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Grupo de Control de Sociedades y Seguimiento a Acuerdos de Reestructuración. El Grupo de Control de Sociedades y Seguimiento a Acuerdos de Reestructuración, adscrito a la Dirección de Supervisión Empresarial, tendrá las siguientes funciones frente a las sociedades sometidas a control o que se encuentren dando cumplimiento a un acuerdo de reestructuración: 38.1 Hacer seguimiento a la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en los asuntos de su competencia. 38.2 Adelantar las investigaciones administrativas que correspondan, derivadas de las situaciones que llevaron a la sociedad al sometimiento a control y hacer un seguimiento de las medidas adoptadas por la sociedad para superarlas. 38.3 Adelantar las actuaciones administrativas que permitan resolver las controversias que se susciten en relación con el derecho de inspección. 38.4 Proponer la rectificación de los estados financieros o las notas que no se ajusten a las normas legales en los casos identificados en desarrollo de las funciones a su cargo. 38.5 Adelantar las investigaciones administrativas relacionadas con la violación a la ley o los estatutos de las sociedades sometidas a control y proponer las órdenes y sanciones a que haya lugar. 38.6 Proponer la remoción de los administradores, revisor fiscal y empleados, según sea el caso, por incumplimiento de las órdenes impartidas o de los deberes previstos en la ley o en los estatutos, de oficio o a petición de parte, mediante providencia motivada en la cual designará su reemplazo de las listas que elabore esta Superintendencia. 38.7 Ejercer las facultades de inspección, vigilancia y control en los términos de los artículos 83 y siguientes de la Ley 222 de 1995 sobre las sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras, que hayan celebrado un acuerdo de reestructuración de conformidad con la Ley 550 de 1999 y respecto de las cuales, esta Entidad sea la nominadora de dicho acuerdo. 38.8 Ejercer las facultades asignadas a esta Superintendencia en virtud de la Ley 550 de 1999. 38.9 Realizar investigaciones y adoptar las medidas pertinentes para que se subsanen las irregularidades observadas e investigar, si es necesario, las operaciones intermedias o finales efectuadas por la sociedad visitada. 38.10 Enviar delegados a las reuniones de la Asamblea General o Junta de Socios, cuando lo considere necesario. 38.11 Verificar que las actividades que desarrollen estén dentro del objeto social y ordenar la suspensión de los actos no comprendidos dentro del mismo. 38.12 Convocar a reuniones extraordinarias del máximo órgano social en los casos previstos en la ley. 38.13 Estudiar los casos en los que sea necesario modificar las cláusulas estatutarias que no estén acordes con las disposiciones legales y proyectar los actos administrativos que sean necesarios para ello. 38.14 Estudiar los casos en los que sea necesario autorizar la emisión de bonos, las reformas estatutarias consistentes en fusión y escisión, en las sociedades sometidas a vigilancia y que se encuentren en ejecución de un acuerdo de reestructuración, suscrito en virtud de la Ley 550 de 1999 y proyectar los actos administrativos que sean necesarios para ello. 38.15 Estudiar los casos en los que sea necesario autorizar las reformas estatutarias, la emisión de bonos, la colocación de acciones y aprobar los avalúos de aportes en especie en las sociedades sometidas a control y de las que estén en ejecución de 44/98 RESOLUCION un acuerdo de reestructuración y proyectar los actos administrativos que sean necesarios para ello. 38.16 Adelantar las investigaciones correspondientes para determinar la remoción de los administradores que impidan el ejercicio del derecho de inspección, así como al revisor fiscal que conociendo de dicho incumplimiento se abstuviere de denunciarlo oportunamente. 38.17 Estudiar los casos en los que sea necesario ordenar la inscripción de acciones en el libro de registro correspondiente, cuando las sociedades en ejecución de un acuerdo de reestructuración, suscrito en virtud de la Ley 550 de 1999, se nieguen a efectuarla sin fundamento legal. 38.18 Estudiar los casos en los que sea necesario autorizar la emisión de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto de las sociedades controladas y determinar los eventos en que los titulares de estas acciones deben participar con voz y voto en la Asamblea General de Accionistas. 38.19 Determinar de oficio o a petición de parte la improcedencia del derecho de retiro en las sociedades de su competencia, cuando con ocasión de una fusión o escisión, se establezca que el reembolso afecta sustancialmente la prenda común de los acreedores. 38.20 Estudiar los eventos en los que sea necesario reconocer de oficio, en las sociedades de su competencia, la ocurrencia de los presupuestos de ineficacia en los casos señalados en el Libro Segundo del Código de Comercio. 38.21 Estudiar los casos en los cuales deba solicitarse la iniciación de un proceso de liquidación judicial o reorganización y proyectar el correspondiente acto administrativo dirigido a la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia solicitando la apertura del proceso de insolvencia. 38.22 Evaluar las solicitudes de sometimiento a control y proyectar el acta administrativo correspondiente en conjunto con la dependencia que lo solicite. Apoyar a la Dirección de Supervisión Empresarial en la vigilancia del cumplimiento de los planes y programas encaminados a superar las situaciones críticas que dieron lugar al sometimiento a control.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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