Micelio

Artículo 45

El Gobierno Dictará Las Medidas Pertinentes Para Crear Un Cuerpo Especializado De La Policía Nacional Que Se Encargue De La Vigilancia De Las Obras Y De Hacer Cumplir Las Normas Y Reglamentos Que Se Dicten Para Su Aprovechamiento Y Conservación, Obrando En Cada Caso De Acuerdo Con Las Entidades Encargadas De Su Estudio, Construcción Y Explotación

Decreto 1112 de 1952 · Por el cual se dictan algunas medidas sobre el estudio, construcción y reembolso de obras de irrigación, desecación y similares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El gobierno dictará las medidas pertinentes para crear un cuerpo especializado de la Policía Nacional que se encargue de la vigilancia de las obras y de hacer cumplir las normas y reglamentos que se dicten para su aprovechamiento y conservación, obrando en cada caso de acuerdo con las entidades encargadas de su estudio, construcción y explotación. IX. Adquisición de zonas requeridas para las obras, utilidad pública y explotación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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