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Artículo 100

Cuando Una Persona Natural O Jurídica Se Negare A Cancelar La Sanción Económica Impuesta Mediante Providencia En Firme, Procederá Su Ejecución Coactiva De Conformidad Con La Ley

Decreto 4000 de 2004 · por el cual se dictan disposiciones sobre la expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de migración.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando una persona natural o jurídica se negare a cancelar la sanción económica impuesta mediante providencia en firme, procederá su ejecución coactiva de conformidad con la ley. CAPITULO II De la deportación

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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