Micelio

Artículo 24

Los Municipios Suprimidos Y Que Pasan A Ser Corregimientos Intendenciales O Comisariales, Conservarán Sus Límites Y Sus Cabeceras Actuales; Los Límites Y Cabeceras De Los Demás Corregimientos, Serán Determinados Por Acuerdos De Los Consejos Intendenciales Y Comisariales

Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 24. Los Municipios suprimidos y que pasan a ser Corregimientos intendenciales o comisariales, conservarán sus límites y sus cabeceras actuales; los límites y cabeceras de los demás Corregimientos, serán determinados por acuerdos de los Consejos Intendenciales y Comisariales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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