El núcleo de desarrollo educativo, como unidad institucional operativa de la instancia local, liderará, dinamizará y promoverá los procesos administrativos, investigativos, comunitarios, culturales, y pedagógicos de su jurisdicción.
Decreto 1246 de 1990 →Vigente
Artículo 14
El Núcleo De Desarrollo Educativo, Como Unidad Institucional Operativa De La Instancia Local, Liderará, Dinamizará Y Promoverá Los Procesos Administrativos, Investigativos, Comunitarios, Culturales, Y Pedagógicos De Su Jurisdicción
Decreto 1246 de 1990 · por el cual se adopta el sistema de nuclearización para la administración de la educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.