°. Procedimiento de Enajenación e n la Segunda Fase . En desarrollo de esta fase se invitará públicamente a los interesados que reúnan las condiciones que se establezcan en el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Fase y en el aviso de oferta pública, a participar en el proceso de enajenación de la totalidad de las Acciones que no sean enajenadas en la Primera Fase. La Segunda Fase se hará utilizando mecanismos que contemplen condiciones de amplia publicidad y libre concurrencia. De acudirse al martillo de la Bolsa de Valores para la adjudicación de las acciones, se tomará en cuenta lo dispuesto sobre el particular en la Resolución 1200 de 1995 de la Superintendencia de Valores y normas que la modifiquen o sustituyan, así como lo que se establezca en el reglamento de la Bolsa de Valores, o en los procedimientos que para el efecto apruebe en forma expresa la Superintendencia de Valores. En todo caso, en el reglamento de enajenación y adjudicación se determinará, entre otros, el procedimiento, las condiciones y las modalidades de enajenación de las Acciones.
Decreto 3083 de 2004 →Vigente
Artículo 7
Procedimiento De Enajenación E N La Segunda Fase
Decreto 3083 de 2004 · por el cual se adopta el Programa de Enajenación de las Acciones que el Banco Central Hipotecario en Liquidación y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras poseen en la Compañía Central de Seguros S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.