Son deberes del Secretario los siguientes : 1.° Desempeñar las funciones de Secretario del Consejo Directivo y del Rector, firmar y autorizar las actas; llevar el libro de ellas y conservar ordenado el archivo del Consejo y el de la Facultad; 2.° Autenticar los documentos que lleven la firma del Rector y los demás que determine el Reglamento; 3.° Llevar un registro en el cual se inscribirán los nombres de los cursantes, con expresión de la edad y lugar del nacimiento de cada uno, de los nombres de sus padres y acudientes y de los cursos en que están matriculados. En este registro se anotarán las faltas en que incurran los cursantes á las clases ú otros actos obligatorios, de acuerdo con los registros que le presenten los Catedráticos, y asentará las notas espaciales de mala conducta de los alumnos; 4.° Llevar los registros de asistencia de los Catedráticos y de los alumnos de la Facultad, con separación de asignaturas, y formar el resumen anual de la asistencia, conducta y aprovechamiento de los alumnos. 5.° Hacer las listas correspondientes á cada clase, y entregar á cada Catedrático los esqueletos de los registros para el servicio de su clase; 6.° Dar, á virtud de orden del Rector, copias auténticas de los documentos que cursan en la Secretaría; 7.° Firmar y autenticar las actas de los exámenes anuales, de los supletorios, de habilitación y los preparatorios ó generales de grado; 8.° Proveer las piezas destinadas para las aulas de los elementos que necesiten, y cuidar de que los alumnos en las horas de estudio no causen daños en ellos; 9.° Formar al fin de cada año el inventario de los efectos pertenecientes á la Facultad, y darlo al Rector; 10. Entregar bajo recibo á los Profesores documentos ó libros de la biblioteca, respecto de los cuales haya para ello orden superior expresa; 11. Cuidar especialmente del aseo en todo el edificio, y poner en conocimiento del Rector todas las faltas que contra esto cometan los alumnos; 12. Contribuir con el Rector á la vigilancia de los alumnos, á fin de que en todos los actos á que concurran se conduzcan convenientemente; 13. Cumplir y hacer cumplir las órdenes del Rector de la Facultad; 14. Citar á los Profesores para los Concejos ó para los demás actos á que deban concurrir; 15. Concurrir á los exámenes ó actos públicos que se verifiquen fuera del local de la Escuela.
Decreto 369 de 1906 →Vigente
Artículo 17
Son Deberes Del Secretario Los Siguientes : 1
Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.