Registro Único de Vacunación . Para que la vacunación sea reconocida oficialmente, el porcicultor, el asistente técnico o el médico veterinario responsable de la misma o la autoridad sanitaria correspondiente, deberán presentar ante la oficina del ICA de su jurisdicción o ante la entidad que el ICA delegue, el Registro Único de Vacunación en el que conste la identificación de los animales vacunados para su respectivo registro. (Decreto número 930 de 2002, artículo 12)
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.13.6.2.12
Registro Único De Vacunación
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.