Micelio

Artículo 2

Decreto 2697 de 1953 · Por el cual se ordena un traspaso y un resello de estampillas de Catastro y Timbre Nacional para Correo Nacional y Aéreo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Autorízase al Ministerio de Comunicaciones para hacer los siguientes resellos

a)

Para Correo Aéreo Nacional, con la sobrecarga "Correo Extra Rápido". 4.000.000 de estampillas de Timbre Nacional para $ 0.01. 3.000.000 de estampillas de Catastro de $ 0.05. 2.000.000 de estampillas de sobretasa de $ 0.10 800.000 estampillas de Catastro de $ 0.20 1.000.000 de estampillas de timbre Nacional de $ 0.50.

b)

Para Correo Nacional: 1.600.00 estampillas de $ 0.14 Comisión Corográfica para $ 0.05. 2.000.000 de $ 0.23 Catedral de Manizales para $ 0.05.

c)

Para Correo Aéreo (Avianca). 6.000.000 de estampillas sobretasa de $ 0.08 para $ 0.05. 800.000 estampillas de sobretasa de $ 0.25 para el mismo valor. 600.000 estampillas Comisión Corográfica de $ 0.30 para el mismo valor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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