Micelio

Artículo 84

Agregados Y Adjuntos De Policía

Decreto 613 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Agregados y Adjuntos de Policía. Los Oficiales de la Policía Nacional, para ser designados como Agregados de Policía, requieren ser diplomados en la Academia Superior.

Parágrafo

Los Oficiales Adjuntos de Policía serán auxiliares de los Agregados de Policía y para su designación nece­sitan haber adelantado y aprobado el curso de capacitación para ascenso al grado de Mayor. TITULO CUARTO De la suspensión, retiro y separación. CAPITULO I De la suspensión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 613 de 1977