Para dar cumplimiento a los artículos 1º. de la Ley 29 de 1.945 y 24 de la Ley 85 de 1946, que ordenan el aumento de capital del Instituto de Crédito Territorial mediante suscripción del Estado, el Gobierno, previo concepto favorable de la Junta Nacional de Empréstitos, autorizará la emisión de pagarés o bonos, por un total de quince millones de pesos ($15.000.000), con intereses del 6% anual y redimibles por el sistema de amortización gradual en un plazo hasta de treinta años, bonos o pagarés que entregará al Instituto de Crédito a cambio de acciones del Estado. Liquidación del impuesto del ½ %
Decreto 722 de 1947 →Vigente
Artículo 26
Para Dar Cumplimiento A Los Artículos 1º
Decreto 722 de 1947 · por el cual se reglamentan las Leyes 29 de 1945 y 85 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.