De La Identificación De Los Productores Interesados, De Las Deudas Y De Las Opciones Productivas: Para La Ejecución Del Pran, Los Fondear Y Las Umatas, O Quien Haga Sus Veces, Deberán Establecer Previamente: A) El Mecanismo De Registro E Identificación De Los Productores Interesados En Acogerse A Lo Dispuesto En El Presente Decreto Y El Estado De Sus Deudas Discriminadas Según Capital E Intereses, Plazos, Valores Y Tiempos En Mora, La Actividad Y Predio Objeto De La Deuda, Calificación Crediticia En El Establecimiento De Crédito, Clase Y Valor De Las Garantías Otorgadas E Identificación De Las Causales Que Llevaron, En Cada Caso, A Los Incumplimientos De Pago; B) La Identificación De Las Opciones Productivas, Tecnológicas Y De Mercado Y La Valoración Del Potencial De Ingresos Derivados De Las Mismas
Decreto 967 de 2000 · por el cual se adopta el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria y se fijan los términos y condiciones para su operación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. De la identificación de los productores interesados, de las deudas y de las opciones productivas: Para la ejecución del PRAN, los Fondear y las Umatas, o quien haga sus veces, deberán establecer previamente
a)
El mecanismo de registro e identificación de los productores interesados en acogerse a lo dispuesto en el presente decreto y el estado de sus deudas discriminadas según capital e intereses, plazos, valores y tiempos en mora, la actividad y predio objeto de la deuda, calificación crediticia en el establecimiento de crédito, clase y valor de las garantías otorgadas e identificación de las causales que llevaron, en cada caso, a los incumplimientos de pago;
b)
La identificación de las opciones productivas, tecnológicas y de mercado y la valoración del potencial de ingresos derivados de las mismas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.