º Las licencias para exportación de café no podrán concederse sino dentro de los sesenta (60) días siguientes al del registro del contrato de venta correspondiente. Queda en los anteriores términos modificado el artículo 4º de la Resolución número 160 de 1949.
Decreto 2825 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Las Licencias Para Exportación De Café No Podrán Concederse Sino Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes Al Del Registro Del Contrato De Venta Correspondiente
Decreto 2825 de 1949 · por la cual se aprueba la Resolución número 14 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.