Micelio

Artículo 3

El Contratista Se Obligará A Constituir Garantías De Manejo Y Cumplimiento, Las Cuales Podrán Consistir En Fianzas De Bancos O Pólizas De Seguros Expedidas Por Compañías Vigiladas Por La Superintendencia Bancaria

Decreto 393 de 1992 · por el cual se regula la celebración de contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El contratista se obligará a constituir garantías de manejo y cumplimiento, las cuales podrán consistir en fianzas de bancos o pólizas de seguros expedidas por compañías vigiladas por la Superintendencia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 393 de 1992