Micelio

Artículo 2

º

Decreto 178 de 1987 · por el cual se fijan unas remuneraciones en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo "FONADE" y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir del 1º de enero de 1987, la remuneración mensual de los empleos de Jefe de Oficina Grado 14 y Jefe de División Grado 14 del Nivel Ejecutivo, será de ciento cuarenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco pesos ($ 144.245.00) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 1987