ARTICULO 339. Circunstancias de agravación punitiva. Cuando con los hechos descritos en los Artículos anteriores, concurra alguna de las circunstancias señaladas en el Artículo 324, las respectivas penas se aumentarán de una tercera parte a la mitad.
Decreto 100 de 1980 →Vigente
Artículo 339
Circunstancias De Agravación Punitiva
Decreto 100 de 1980 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.