Micelio

Artículo 60

Derogado

Ley 182 de 1995 · por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

La junta Administradora de Inravisión y las Juntas Administradoras Regionales seguirán cumpliendo las funciones que no contraríen lo dispuesto en esta Ley y, en general, las de dirección de la entidad, de conformidad con las normas respectivas. A partir de la vigencia de la presente Ley, la Junta Administradora de Inravisión estará conformada así: a) El Ministro de Comunicaciones o su delegado, quien la presidirá; b) El Ministro de Educación o el Viceministro del ramo; c) El Representante Legal de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones o su delegado; d) El Representante del máximo ente gubernamental especializado en la promoción de la cultura; e) Un delegado de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión; f) Un delegado de los concesionarios de espacios de televisión; g) Un delegado de los trabajadores de Inravisión designado por ellos mismos; El Director de la entidad asistirá por derecho propio a las reuniones de la junta, con derecho a voz pero sin voto. De la Junta Administradora Regional harán parte, además de las personas que se determinen en sus estatutos: Un miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión o su delegado. La Junta Administradora Regional será presidida por uno de sus integrantes, de acuerdo con lo que determinen sus estatutos. A la Junta Administradora Regional le corresponderá la adjudicación de los contratos de sesión de derechos de emisión, producción y coproducción de programas informativos-noticieros y de opinión. Vigente desde: 20/12/1996 y hasta el: 24/07/2019

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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