º Para efectos de aplicar la retención en la fuente por pagos o abonos en cuenta efectuados a título de indemnización, por retiro definitivo del trabajador, el retenedor deberá dar aplicación a las siguientes reglas
Al 70% del valor de la indemnización se le restarán los primeros $180.000 cuando se trate de indemnización por despido injustificado.
Cuando se trate de retiro voluntario del trabajador se tomará el 100% del valor del respectivo pago o abono.
Se establece el valor promedio mensual de los pagos originados en la relación laboral o legal y reglamentaria de los últimos doce meses, o del número de meses que correspondan si los pagos o abonos fueren inferiores a 12 meses. Con base en el valor resultante, se determina el porcentaje de retención que figure en la respectiva tabla frente a dicho valor.
El porcentaje de retención así determinado se aplica al valor obtenido de acuerdo con lo previsto en los numerales 1º y 2º del presente artículo; la cifra resultante será el valor a retener.