Micelio

Artículo 21

Decreto 2026 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente, la Ley 20 de 1979, el Decreto 3803 de 1982, la Ley 09 de 1983 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quienes no hagan la retención en la fuente estando obligados a hacerlo, incurrirán en las siguientes sanciones

1.

Responderán solidariamente con el contribuyente por la suma que ha debido ser retenida.

2.

Se les desconocerán los correspondientes costos y deducciones.

3.

Pagarán los correspondientes intereses moratorios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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