Artículo único. De la partida asignada en el Presupuesto Nacional vigente, Capítulo 2901, artículo 29091, Programa V, proyecto 2, dotación de Escuelas de Rehabilitación, dependientes de la División de Educación Elemental y Alfabetización, se hace la siguiente distribución parcial: Núcleo Escolar de Inzá $ 78.000.00 Internado Escolar de Silvia 110.000.00 Internado Escolar de Toez 110.000.00 Núcleo Escolar de Altagracia 22.000.00 Núcleo Escolar de Viterbo 22.000.00 Núcleo Escolar de Quinchia 22.000.00 Núcleo Escolar de Santa Rosa 22.000.00 Total $ 386.000 00 Comuníquese y cúmplase.
Decreto 740 de 1961 →Vigente
Artículo 29091
, Programa V, Proyecto 2, Dotación De Escuelas De Rehabilitación, Dependientes De La División De Educación Elemental Y Alfabetización, Se Hace La Siguiente Distribución Parcial: Núcleo Escolar De Inzá $ 78
Decreto 740 de 1961 · Por el cual se hace una distribución parcial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.