Micelio

Artículo 15

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Medios de Comunicación. Son funciones de la Oficina de Medios de Comunicación, las siguientes

1.

Asesorar al Director General en sus relaciones con los medios de comunicación.

2.

Divulgar a través de los medios de comunicación, las actividades policiales, culturales, sociales, educativas y recreativas que contribuyan al fortalecimiento de las relaciones con la comunidad.

3.

Controlar y dirigir las funciones de las Oficinas de Medios de Comunicación en las unidades policiales, para la ejecución de las políticas de información de la Dirección General.

4.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2252 de 1995