Micelio

Artículo 3

Los Fondos Regionales De Capitalización Social Tendrán Los Siguientes Objetivos Especiales: A) Captar Recursos Internos Para Promover La Creación De Nuevas Actividades Productivas E Impulsar Las Existentes Que Determine El Gobierno Nacional De Acuerdo Con Los Planes Y Programas De Desarrollo Económico Y Social, Con El Fin De Alcanzar Un Progreso Nacional Armónico, Incrementar El Empleo Y Aumentar La Capacidad De La Industria Nacional Para Competir En Los Mercados Externos; B) Garantizar El Pago Oportuno De Cesantías A Los Trabajadores Del Sector Privado Y Reconocer Sobre Las Causadas O Las Que Se Causen En El Futuro Un Interés Anual, Mas La Parte Que Eventualmente Les Corresponda En Los Rendimientos Y Valorizaciones Del Respecito Fondo Regional; C) Dar Participación Progresiva A Los Trabajadores En El Proceso De Desarrollo Industrial, En La Propiedad Y Utilidades De Las Empresas Y En La Administración De Los Fondos Que Se Establecen En Este Decreto, Y D) Estimular El Mercado De Capitales

Decreto 98 de 1973 · Por el cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Capitalización para el manejo de aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro privado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los Fondos Regionales de Capitalización Social tendrán los siguientes objetivos especiales

a)

Captar recursos internos para promover la creación de nuevas actividades productivas e impulsar las existentes que determine el Gobierno Nacional de acuerdo con los planes y programas de desarrollo económico y social, con el fin de alcanzar un progreso nacional armónico, incrementar el empleo y aumentar la capacidad de la industria nacional para competir en los mercados externos;

b)

Garantizar el pago oportuno de cesantías a los trabajadores del sector privado y reconocer sobre las causadas o las que se causen en el futuro un interés anual, mas la parte que eventualmente les corresponda en los rendimientos y valorizaciones del respecito fondo regional;

c)

Dar participación progresiva a los trabajadores en el proceso de desarrollo industrial, en la propiedad y utilidades de las empresas y en la administración de los fondos que se establecen en este Decreto, y

d)

Estimular el mercado de capitales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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