Micelio

Artículo 2

Llegado El Caso De Que La Nación Pueda Recoger A La Par Y Al Contado Porciones De Bonos, Se Dará El Aviso Correspondiente Con Tres Meses De Anticipación, Y Para El Sorteo Se Procederá De Conformidad Con El Decreto Número 231 Citado

Decreto 1719 de 1929 · Por el cual se reglamenta el sorteo de los bonos colombianos de deuda interna del 8 por 100 de interés anual

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Llegado el caso de que la Nación pueda recoger a la par y al contado porciones de bonos, se dará el aviso correspondiente con tres meses de anticipación, y para el sorteo se procederá de conformidad con el Decreto número 231 citado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1719 de 1929