Micelio

Artículo 80

Corresponde A La División De Análisis De La Subdirección De Planeación Y Análisis De La Dirección General De Crédito Público El Ejercicio De Las Siguientes Funciones: A

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Análisis de la Subdirección de Planeación y Análisis de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Participar con las entidades correspondientes en la programación financiera y macroeconómica del país, especialmente en lo concerniente a crédito público;

b)

Suministrar a las entidades correspondientes periódica y oportunamente informes sobre el perfil del servicio de la deuda pública a mediano y largo plazo:

c)

Elaborar en conjunto con el Departamento Nacional de Planeación los documentos sobre la política de endeudamiento público del país a mediano y largo plazo;

d)

Elaborar los estudios basado en la coyuntura económica y financiera, nacional e internacional, sobre operaciones financieras de manejo de deuda pública, que signifiquen para el país seguridad y ahorro en el servicio de su deuda;

e)

Elaborar documentos de política sobre temas de crédito público a cargo de la Subdirección;

f)

Registrar y verificar los estudios relacionados con la deuda pública en el sistema de información de la Dirección y presentar informes periódicos de labores al Subdirector de Planeación y Análisis;

g)

Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Planeación y Análisis según la naturaleza de sus funciones. CAPITULO VII. DE LAS FUNCIONES GENERALES, ESTRUCTURA Y DESCRIPCION DE FUNCIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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