° Este Decreto regirá desde el día primero de marzo del corriente año, y deroga todas las disposiciones vigentes en la actualidad sobre establecimiento de expendios particulares de especies postales. Comuníquese y publíquese.
Decreto 58 de 1930 →Vigente
Artículo 8
Este Decreto Regirá Desde El Día Primero De Marzo Del Corriente Año, Y Deroga Todas Las Disposiciones Vigentes En La Actualidad Sobre Establecimiento De Expendios Particulares De Especies Postales
Decreto 58 de 1930 · Por el cual se reglamenta el establecimiento de expendios de especies postales a cargo de particulares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.