Micelio

Artículo 1

Trasladese En El Presupuesto Nacional De Gastos Del Año Económico De 1916, Del Ministerio De Gobierno, Capítulo 11, Policía Y Gendarmería Nacionales (Personal Y Material), Artículo 22, La Suma De Ciento Setenta Y Cuatro Mil Quinientos Veinte Pesos ($ 174,520), A La Siguiente Imputación: Ministerio De Gobierno Capitulo 11 Policía, Y Gendarmería Nacionales {personal Y Material)

Decreto 1576 de 1916 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasladese en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1916, del Ministerio de Gobierno, capítulo 11, Policía y Gendarmería Nacionales (personal y material), artículo 22, la suma de ciento setenta y cuatro mil quinientos veinte pesos ($ 174,520), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 11 Policía, y Gendarmería Nacionales {personal y material). Artículo 21. Para atender a los gastos que la Policía Nacional demande, ten el año, así:

Parágrafo 1

° En personal $ 174,52 Total $ 174,52

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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