° Los gastos reconocidos por medio del presente Decreto se imputarán al capítulo 19, artículo 70, del presupuesto de Relaciones Exteriores de la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.
Decreto 307 de 1936 →Vigente
Artículo 2
Los Gastos Reconocidos Por Medio Del Presente Decreto Se Imputarán Al Capítulo 19, Artículo 70, Del Presupuesto De Relaciones Exteriores De La Actual Vigencia
Decreto 307 de 1936 · Por el cual se reconocen unas sumas a la Embajada de Colombia ante la Santa Sede, a la Legación de Colombia en Lima y a la Legación de Colombia en Panamá, para la compra de muebles, máquinas de escribir, etc., para las mencionadas Legaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.